Esta actualización obedece a los cambios en el Nomenclador de Cuentas y en el Uso y Contenido, que ha incorporado la Resolución No. 360/13, del Ministerio de Finanzas y Precios, de fecha 05/09/2013
1. Por los sobrantes de inventarios o medios monetarios, que una vez concluida la investigación son asumidos por la entidad.
| Código | Descripción de las cuentas y subcuentas | Parcial | Debe | Haber |
|---|---|---|---|---|
| 555-564 | Sobrantes en Investigación | xxx.xx | ||
| - Subcuenta de Uso Obligatorio (Para las UP) | xxx.xx | |||
| 930-939 | Ingresos por Sobrantes de Bienes | xxx.xx | ||
| - Subcuenta que corresponda | xxx.xx |
2. Cancelando el saldo de esta cuenta al cierre del período contable.
| Código | Descripción de las cuentas y subcuentas | Parcial | Debe | Haber |
|---|---|---|---|---|
| 930-939 | Ingresos por Sobrantes de Bienes | xxx.xx | ||
| - Subcuenta que corresponda | xxx.xx | |||
| 999 | Resultados | xxx.xx | ||
| - Subcuenta que corresponda | xxx.xx |
Se aconseja consultar los siguientes procedimientos:
Procedimiento de Ajuste por Sobrantes de Medios Monetarios Procedimiento de Ajuste por Sobrantes de Inventarios