Esta actualización obedece a los cambios en el Nomenclador de Cuentas y en el Uso y Contenido, que ha incorporado la Resolución No. 360/13, del Ministerio de Finanzas y Precios, de fecha 05/09/2013
1. Por los importe de los bienes que sean definidos como ociosos.
| Código | Descripción de las cuentas y subcuentas | Parcial | Debe | Haber |
|---|---|---|---|---|
| 208 | Inventarios Ociosos | xxx.xx | ||
| - Analizar por Tipo de Inventario | xxx.xx | |||
| XXX | Cuenta de Inventario que Corresponda | xxx.xx | ||
| - Subcuenta de Uso Obligatorio | xxx.xx |
2. Por la venta de los inventarios ociosos.
| Código | Descripción de las cuentas y subcuentas | Parcial | Debe | Haber |
|---|---|---|---|---|
| 334-342 | Cuentas por Cobrar Diversas - Operaciones Corrientes | xxx.xx | ||
| - Subcuenta de Uso Obligatorio | xxx.xx | |||
| - - Analizar por Clientes | xxx.xx | |||
| 208 | Inventarios Ociosos | xxx.xx | ||
| - Analizar por Tipo de Inventario | xxx.xx |
Nota: Se recomienda consultar la legislación asociada a los inventarios ociosos, así como a la Norma Específica sobre Inventarios Ociosos, y los procedimientos que se publican en este CD.