Representa la ganancia o pérdida por la revaluación de inventarios.
Se debitan por la Pérdida resultante de la revaluación de los inventarios que se decide por el Ministerio de Finanzas y Precios que no afecte los resultados de la entidad. Se acreditan por el incremento del valor de los inventarios revaluados y se debita por la disminución del valor de los inventarios revaluados.
Al cierre del ejercicio contable se cancela contra la cuenta Inversión Estatal.